Auto Supremo AS/0192/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2016-RRC

Fecha: 14-Mar-2016

Además, es necesario destacar que, de acuerdo a lo previsto por el art


Además, es necesario destacar que, de acuerdo a lo previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP, constituye defecto de la Sentencia, el hecho de que no exista fundamentación o que ésta sea insuficiente o contradictoria”