En relación al uso de 99 vales de gasolina, es acusada por los delitos de
Gloria Del Rosario Donoso Torrez Murillo, se lo acusa por los delitos de Encubrimiento, Conducta Antieconómica, Omisión de Denuncia e Incumplimiento de Deberes, ya que al ser responsable del área de Registro Civil, donde se encontraba destinado el vehículo siniestrado, omitió denunciar y hacer seguimiento del hecho suscitado el 22 de septiembre de 2006; asimismo, de manera posterior ante la falta de pago de daños por el chofer “…según compromiso de Pago de fecha 22 de septiembre de 2006, documento que ha sido de conformidad del Lic. Fernando Freudenthal Rea, Presidente de la Corte Departamental Electoral de La Paz, por su cuenta canceló la suma de Bs. 14.952.-, por concepto de la reparación del vehículo, siniestrado, no obstante que no era la directa responsable…” (sic), lo que ocasionó que el chofer Marco Antonio Vargas eludiera su responsabilidad.
En relación al uso de 99 vales de gasolina, es acusada por los delitos de Peculado y Conducta Antieconómica, previstos y sancionados por los arts. 142 y 224 del CP; al haber recibido la cantidad de 99 vales de gasolina correspondiente del 21 de septiembre de 2006 al 3 de diciembre de 2007, que asciende a la suma de Bs. 7.345,36.- (siete mil trescientos cuarenta y cinco 36/00), cuando el vehículo sobre el que tenía responsabilidad sufrió un accidente el 22 de septiembre de 2006, ello implica que la vocal conocía perfectamente que dicha movilidad no estaba en uso y aun así recibió los vales señalados causando daño económico a la CDELP
- Por memorial presentado el 30 de julio de 2015, cursante de fs
- a) Por Sentencia 006/2014 de 11 de junio (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial del recurso de casación y el Auto Supremo 655/2015-RA de 26 de noviembre,
- I.1.2. Petitorio
- La parte recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 655/2015-RA de 26 de noviembre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- Asimismo, en relación al accidente de la vagoneta con placa de control 1034-KBN, el acusado
- En relación al uso de 99 vales de gasolina, es acusada por los delitos de
- Mirko Montecinos Valda, al ser Director Administrativo y Financiero de la CDELP, en relación
- En el acápite III, del “VOTO DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- En el acápite IV, “EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE DERECHO Y DOCTRINALES” (sic), el Tribunal señaló
- En el acápite V, “ EXPOSICIÓN DE MOTIVOS PARA LA APLICACIÓN DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA”
- Ante esta apelación, el Tribunal de alzada previo a resolver el recurso, otorgó al apelante
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pasó a resolver
- Añadió que al haberse cuestionado por el apelante que la Sentencia no contendría una suficiente
- En el caso presente, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado obvió las
- En ese sentido, el recurrente invoca el Auto Supremo 437 de 24 de agosto de
- En el Auto Supremo 183 de 6 de febrero de 2007, estableció como doctrinal legal
- Estos precedentes judiciales en esencia establecen la obligatoriedad de la autoridad jurisdiccional de emitir una
- Sobre el Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007, el Tribunal de Casación
- El vicio de incongruencia como desajuste entre el fallo judicial y los términos en los
- Esta resolución judicial impugnada no será considera para el análisis de contraste, toda vez que
- La Constitución Política del Estado (CPE) en su art
- Esta Sala, ha expresado de manera reiterada, que si bien, todos los actos del proceso
- En ese sentido esta Sala, conforme a la doctrina y jurisprudencia internacional referida al deber
- De manera específica la Sentencia penal que pone fin al acto de juicio debe contener
- El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se
- La fundamentación jurídica, es el momento en el cual el Juez o Tribunal a partir
- Por último, deberá procederse a la motivación en el momento de la individualización de la
- Además, es necesario destacar que, de acuerdo a lo previsto por el art
- Para luego establecer la siguiente doctrina legal aplicable: “Una vez desarrollado el acto de juicio
- La labor de control que realice el Tribunal de alzada respecto a las denuncias de
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Queda claro que el Tribunal de alzada al ejercer el control del iter lógico, del
- Establecido el ámbito de análisis en el Auto de Admisión del presente recurso, corresponde a
- Del contenido del recurso de casación, se llega a evidenciar que el motivo cuyo análisis
- Así se tiene de estos cuatro argumentos desglosados por el Tribunal de Alzada que: Primero,
- Segundo, cuando el Tribunal de apelación sobre la fundamentación extrañada por el apelante, señaló que
- Cuarto, cuando el Tribunal de apelación estableció que la Sentencia cuenta con el análisis de
- Del análisis efectuado, este Tribunal concluye respecto al presente recurso, que el Tribunal de alzada
- Para fines del art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
