2) Alega que a tiempo de plantear su recurso de apelación, denunció que la Sentencia
2) Alega que a tiempo de plantear su recurso de apelación, denunció que la Sentencia se basa en hechos inexistentes y no acreditados y en la valoración defectuosa de la prueba por la concurrencia de los tres supuestos previstos por el art. 370 inc. 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP); habiendo cumplido con expresar cuáles son las reglas de la sana crítica que fueron vulneradas, identificando los hechos que no fueron acreditados en el juicio oral; además de la inexistencia de prueba sobre los mismos, y de qué forma, el Tribunal de mérito ingresó a consideraciones subjetivas y caprichosas desprovistas de referente probatorio; asimismo identificó los hechos no acreditados; empero, las autoridades de alzada no consideraron dichos fundamentos y realizaron argumentaciones genéricas y alejadas de lo expresamente denunciado. Lo cual considera, que contradice la doctrina legal aplicable contenida en los Autos Supremos 308 de 25 de agosto de 2006 y 304/2012 de 23 de noviembre, que estaría referida a la imposición de las autoridades judiciales a que pronuncien sus fallos de manera expresa, absolviendo los fundamentos del recurso cuando se denuncia defectuosa valoración de la prueba; así a los Tribunales de alzada les corresponde realizar un efectivo control sobre la labor realizada por el Juez o Tribunal de sentencia, debiendo pronunciarse de manera expresa y precisa
- Por memorial presentado el 21 de diciembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- b) El Auto de Vista sostuvo que a tiempo de plantear su recurso de apelación
- c) Alega que en el tercer motivo del recurso, el Tribunal de alzada señala que
- En calidad de precedentes contradictorios, invoca los Autos Supremos 319/2012-RRC de 4 de diciembre, 189/2012-RRC
- 2) Alega que a tiempo de plantear su recurso de apelación, denunció que la Sentencia
- Agrega que las reiteradas suspensiones dieron lugar a la dispersión de la prueba y a
- 4) Señala que ante la vulneración del derecho a ser procesado en un plazo razonable
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En el primero de los motivos denunciados, él recurrente señala que el Tribunal de apelación
- Lo reclamado en el inc
- En el segundo motivo, se denuncia que pese a haberse demandado de manera expresa cuáles
- Previo a ingresar al análisis del caso concreto corresponde señalar, que la labor de este
- Ahora bien, si en efecto, en el presente motivo, se precisan detalladamente las presuntas suspensiones
- El cuarto motivo, contiene varias imprecisiones recursivas; puesto que, primero explica el recurrente que ante
- A más de lo señalado, corresponde señalar que, conforme establece la normativa que regula los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
