Auto Supremo AS/0239/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0239/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

3) Señaló la existencia de la violación del art


3) Señaló la existencia de la violación del art. 125 del CPP, porque si bien se señala que en los considerados ya se contenía el delito por el que se le condenó; empero, no se tuvo en cuenta el art. 360 inc. 4) del CPP, no cumplió con este aspecto de señalar las normas aplicables, intentando posteriormente subsanar con una Complementación y Enmienda que no fue solicitada por las partes y al haber sido notificadas éstas, no se podía admitir corrección alguna; sin embargo, se lo hizo actuando contradictoriamente a lo establecido en el art. 30 inc. 12) de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), en cuanto a los principios que rigen a la justicia ordinaria la cual contempla el debido proceso, mismo que fuere vulnerado por el Tribunal inferior y el Tribunal de alzada por permitir que se complemente la Sentencia con la Resolución 14/2014 de 5 de noviembre, cuando las partes ya fueron legalmente notificadas y habiendo formulado contra la misma recurso de apelación restringida que fuere concedida ante el Tribunal de alzada, correspondiendo en consecuencia anular el Auto de Vista