Respecto de la temática planteada, no invocó precedente contradictorio alguno, lo que hace inviable pretender
Respecto de la temática planteada, no invocó precedente contradictorio alguno, lo que hace inviable pretender alguna contrastación con el Auto de Vista. Por otro lado, a tiempo de fundamentar la vulneración a sus derechos constitucionales identificó plenamente el hecho concreto que le causa agravio y el argumento del Auto de Vista que habría originado la restricción, [el Auto de Vista no consideró que: 1) La Sentencia no tomó en cuenta el art. 360 inc. 4) del CPP, porque no señaló las normas aplicables; y, 2) La violación art. 396 inc. 1) del CPP, porque contra la Sentencia interpuso recurso de apelación restringida y fue admitido el mismo, cuando la causa ya se encontraba en el Tribunal de alzada, dicha instancia devolvió el expediente al Tribunal de Sentencia solamente para que adjunte o informe respecto de un memorial extrañado; sin embargo el Tribunal de Sentencia complementó su fallo cuando ya estaba fuera del plazo y ya se inició el efecto suspensivo de la apelación restringida] precisando; asimismo, los derechos vulnerados (derecho al debido proceso); explicando en qué consistió las omisiones y deficiencias en que incurrió el Tribunal de alzada y, el resultado dañoso emergente del defecto (se permitió complementar la Sentencia cuando ya se dio trámite a la apelación restringida y no fue lo que instruyó el Tribunal de alzada). De la fundamentación expuesta en el recurso, se observa que el recurrente cumplió con los presupuestos de flexibilización, haciendo viable la admisión de estos motivos en forma extraordinaria
- Por memorial presentado el 13 de enero de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Existió valoración defectuosa de la prueba, pero este agravio no fue considerado por el
- 3) Señaló la existencia de la violación del art
- 4) Refiere la violación del art
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al primer motivo, en el que refiere que existió violación del art
- Respecto del segundo motivo, existió valoración defectuosa de la prueba, pero este agravio no fue
- Con relación a la temática planteada, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 504/2007 de
- Con relación al tercero y cuarto motivo, en los que señala la existencia de violación
- Respecto de la temática planteada, no invocó precedente contradictorio alguno, lo que hace inviable pretender
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
