Auto Supremo AS/0244/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0244/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

9) Afirma que en la Sentencia se tienen como hechos no probados, la violación anal


9) Afirma que en la Sentencia se tienen como hechos no probados, la violación anal sustentada por ambas acusaciones, nunca se verificó la presencia de armas de fuego, tampoco se hizo alusión a las contradicciones en las declaraciones de las menores; sino al contrario, se sostuvo que existe prueba suficiente que demuestra la comisión de los delitos de Violación y Violación de Niña, sin que concurran los elementos constitutivos de cada tipo, equivocando lo establecido por el art. 362 del CPP, en cuyo texto dispone, que nadie puede ser condenado por un hecho distinto al atribuido en la acusación, conforme al principio de congruencia; pues la agravante fue determinada por haberse utilizado armas de fuego; empero, en el fallo de mérito no se demuestra dicho extremo; lo cual evidencia, que en dicho fallo como en el Auto de Vista, existen defectos de procedimiento con referencia al art. 370 incs. 1), 2), 3), 4), 5), 6), 8), 9), 10) y 11) del CPP, y en especial del inc. 8) que no se lo tomó en cuenta, como a los otros numerales; condenándolo por un delito en el cual no se lo individualizó, tampoco existió la determinación del tipo infringido ya que no existe prueba legal que acredite su participación en el ilícito, con contradicciones en su contenido y lo realizado en el juicio oral, con hechos no acreditados con prueba legal ni valorada correctamente, así como entre la parte considerativa y dispositiva y por último con falta de congruencia entre la Sentencia y la Acusación