El noveno motivo, se denuncian las actuaciones supuestamente ilegales cometidas por el Tribunal de Sentencia,
El noveno motivo, se denuncian las actuaciones supuestamente ilegales cometidas por el Tribunal de Sentencia, las cuales resultan ser copia idéntica de la apelación restringida planteada por el mismo sujeto procesal, quien sostiene con relación a dicho fallo, que resulta incongruente al haberlo condenado sin individualizarlo y sin la existencia de los elementos constitutivos del tipo penal, con pruebas que no corroboraron la comisión de los delitos. Además de ello, señala que el Ad quo no cumplió con la correcta dirección del proceso porque permitió la vulneración de garantías constitucionales y procesales, apartándose de la doctrina establecida en los Autos Supremos 369 de 5 de abril de 2007, que estaría referido a la duda razonable, 335 de 3 de julio de 2001, 398 de 25 de julio de 2001, 421 de 15 de agosto de 2001, 444 de 15 de octubre de 2005; denotando una insuficiente técnica recursiva, al cuestionar aspectos vinculados únicamente al fallo emitido en el juicio oral; más no impugna ningún argumento relacionado a tal denuncia que emerja del Auto de Vista recurrido; por lo tanto, no es posible para este Tribunal ingresar al fondo de dicho análisis; puesto que, su competencia se encuentra limitada al establecimiento de la legalidad del Auto de Vista y no así de la Sentencia, ni aun cuando se hubieran invocado precedentes contradictorios, como ocurrió en el motivo ahora analizado, lo cual deriva en su inadmisibilidad
- Por memorial presentado el 2 de febrero de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Mirko Jairsiño Vargas Diaz, formuló recurso de apelación
- c) Por diligencia de 26 de enero de 2016 (fs
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- 2) Agrega que la menor de las supuestas víctimas, negó que su persona le hubiera
- 3) Arguye que la Sentencia incurrió en errónea enunciación del hecho objeto del juicio; toda
- 4) Afirma que la Sentencia infringió el art
- 5) La Sentencia se basó en simples declaraciones contradictorias de los testigos y de las
- 6) Alega que con relación a su denuncia sobre vulneración del art
- 7) Sostiene la existencia de contradicción entre la parte considerativa y dispositiva de la Sentencia,
- 8) Arguye que no consta la fecha de la Sentencia, lo cual constituye defecto absoluto;
- 9) Afirma que en la Sentencia se tienen como hechos no probados, la violación anal
- Tampoco existió una correcta dirección del proceso por parte del Tribunal de Sentencia que permitió
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- De otro lado, es posible advertir que en el presente motivo, el recurrente también denunció
- En el segundo de los motivos expuestos, el mismo sujeto procesal reclama que la Sentencia
- Cualquiera sea la forma de admisión de los motivos planteados por las partes, ya sea
- En virtud a ello, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros y
- Lo que en el caso no ocurrió; puesto que, el recurrente omitió explicar los agravios
- El tercer motivo se refiere a que el Auto de Vista se limitó a transcribir
- Ahora bien, con relación al Auto de Vista recurrido, el recurrente sostiene, que las observaciones
- El quinto motivo, como en los casos anteriores, resulta ser una copia textual de los
- En virtud a lo señalado, habiéndose evidenciado que en el motivo analizado no se explicó
- Tal como se señaló anteriormente, el recurso de casación es un mecanismo de impugnación contra
- El séptimo agravio, se refiere a la supuesta contradicción entre la parte considerativa y la
- Si bien, en la parte final del presente motivo se demanda que la omisión de
- El octavo motivo, referido a que ante la denuncia del apelante sobre la falta de
- El noveno motivo, se denuncian las actuaciones supuestamente ilegales cometidas por el Tribunal de Sentencia,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
