Auto Supremo AS/0244/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0244/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

El octavo motivo, referido a que ante la denuncia del apelante sobre la falta de


El octavo motivo, referido a que ante la denuncia del apelante sobre la falta de fecha en la Sentencia, el Tribunal de alzada le respondió aduciendo que dicha data sería la misma del juicio oral, en cuyo acto, a su finalización fue emitida, es decir, cuando aún no existía la parte íntegra del fallo de mérito; y por ende, la valoración objetiva de la prueba, lo que contravendría los principios de legalidad, fundamentación y otros propios de la materia; al haberlo condenado y luego recién detallar las razones para haber asumido tal determinación. No se evidencia la invocación de precedente legal alguno que permita a este Tribunal Supremo de Justicia, realizar la labor de contraste; como tampoco se verifica el cumplimiento de los supuestos de flexibilización al no explicado de qué forma la supuesta falta de fecha en la Sentencia hubiera menoscabado los principios denunciados como vulnerados, que implique defectos absolutos no susceptibles de convalidación y un resultado dañoso. Por lo que el presente motivo, resulta inviable para su análisis de fondo ante la inobservancia de lo previsto por los arts. 416 y 417 del CPP