Auto Supremo AS/0268/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

Al respecto se tiene el incumplimiento de lo previsto en el art


Al respecto se tiene el incumplimiento de lo previsto en el art. 416 y 417 del CPP; es decir, no invocó precedente contradictorio alguno y consiguientemente tampoco efectuó la precisión en cuanto a la contradicción en la que hubiese incurrido el Tribunal de alzada a tiempo de emitir la Resolución hoy recurrida (respecto del agravio denunciado), de igual manera no vinculó su agravió a la vulneración de algún derecho o garantía constitucional que permita ingresar a resolver su denuncia vía flexibilización en consecuencia no siendo posible suplir de oficio la negligencia del imputado en cuanto al motivo planteado hace que este sea declarado inadmisible aun así recurriendo a los criterios de flexibilización desarrollados en la acápite III parte in fine de la presente Resolución