Auto Supremo AS/0268/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 268/2016-RA
Sucre, 21 de marzo de 2016

Expediente: La Paz 27/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Marco Rodríguez Baca y otros
Delito: Robo Agravado y otro

RESULTANDO

Por memorial presentado el 4 de febrero de 2016, cursante de fs. 2794 a 2802, Norma Esther Salazar Ortega, en representación legal de la Empresa Brinks Bolivia S.A., interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 82/2015 de 03 de noviembre, de fs. 2764 a 2768 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Empresa recurrente contra Marco Rodríguez Baca, Carlos Alberto Pinto Quispe, Rodolfo Huarca Humpiri y Carlos Alberto Junco Cáceres, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado y Asociación Delictuosa, previstos y sancionados por los arts. 332 y 132 del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia S-03/2014 de 27 de febrero (fs. 2197 a 2206 vta.) el Tribunal Quinto de Sentencia de la ciudad del El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz declaró a Marco Rodríguez Baca y Carlos Alberto Pinto Quispe, autores y culpables del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado por el art. 332 incs. 1) y 2) del CP, imponiéndoles la pena de cuatro años de presidio, más multa de quinientos días a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por día, con costas a favor del Estado, a calificarse en ejecución de Sentencia; además, declaró absuelto a Rodolfo Huarca Humpiri, por no existir suficiente prueba que genere su culpabilidad, disponiéndose su inmediata libertad