Auto Supremo AS/0269/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

3) En la parte in fine del Auto de Visita recurrido, se tendría como vocal


3) En la parte in fine del Auto de Visita recurrido, se tendría como vocal relatora a la Dra. Lineth Marcela Borja Vargas; asimismo, se encuentra su firma junto al de la Dra. Gina Luisa Castello Ugarte, señalando que al respecto la Ética en materia de derecho procesal debe estar ligado a la actuación de profesionales en las distintas funciones públicas o particulares con relación al litigante o al cliente, en este caso refiere el recurrente que, como su persona al haber fungido como Alcalde Municipal fue sujeto de varios proceso legales, precisando el relacionado a la denuncia de los doctores Almanza y Montaño, proceso que llegó a juicio donde sus abogados defensores fueron el Dr. Randolf Montaño Villarroel y su esposa Dra. Lineth Marcela Borja Vargas (Vocal Relatora) en consecuencia debió aplicarse el art. 316 del CPP referido a las causales de excusa y recusación. Y el no haberlo hecho vicia de nulidad el Auto de Vista recurrido