Auto Supremo AS/0269/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

Delito: Malversación y otros

RESULTANDO

Por memoriales presentados el 1 y 12 de febrero de 2016, cursantes de fs. 465 a 467 vta. y 480 a 482 vta., Gonzalo Gabriel Tercero Rojas y Cesar Augusto Virguetti Pinto, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 31 de 09 de noviembre de 2015, de fs. 411 a 414, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación particular del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba contra los recurrentes por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica, Malversación y Conducta Antieconómica, previstos y sancionados por los arts. 199, 144 y 224 del Código Penal (CP) respectivamente.

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 09/2014 de 14 de abril (fs. 326 a 346), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Gonzalo Gabriel Terceros Rojas y Cesar Augusto Virguetti Pinto, sin responsabilidad de la comisión de los delitos de Falsedad Ideológica, Malversación y Conducta Antieconómica, previstos y sancionados en los arts. 199, 144 y 224 del CP, correspondiendo en consecuencia la emisión de la Sentencia absolutoria