Auto Supremo AS/0127/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0127/2016

Fecha: 28-Abr-2016

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia N° 173/2013 de 29 de julio de 2013 (fs. 235 a 245), declarando probada en parte la demanda de fs. 2, e improbadas las Excepciones Perentorias de falta de Acción y Derecho y de Cosa Juzgada, disponiendo que la entidad demandada proceda a la reincorporación de la demandante a su fuente de trabajo, al mismo puesto que ocupaba al momento del despido, con el reconocimiento de salarios devengados y derechos colaterales, hasta el día de su reincorporación