Auto Supremo AS/0127/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0127/2016

Fecha: 28-Abr-2016

II

II.- En cuanto al recurso de casación en el fondo de fs. 304 a 305 interpuesto por la demandante Sonia Lourdes Marín Alcons, expresa: 1.- Cuestiona que el Auto de Vista N° 133/2013, confirmó en parte la sentencia en lo que concierne a la reincorporación, pero ignora el reconocimiento de sus salarios y otros derechos colaterales, olvidándose aplicar el principio favorable al trabajador y que se han violado normas constitucionales. Entre ellos los arts. 46 y 48 II y IV, de la CPE, para concluir en que los salarios y sueldos devengados no pagados tienen privilegios y preferencia siendo inembargable e imprescriptible al margen que también son irrenunciable