Auto Supremo AS/0279/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0279/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

a) De la revisión de antecedentes que cursan en el expediente, los hechos punibles acusados,


Radicado el recurso ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, se emitió el Auto de Vista 34/2013 de 5 de abril de “2012”, que declaró admisibles los recursos de apelación restringida interpuestos y procedentes las cuestiones planteadas; y en consecuencia, anuló la Sentencia impugnada, bajo los siguientes argumentos:

a) De la revisión de antecedentes que cursan en el expediente, los hechos punibles acusados, fueron calificados legalmente, de los cuales, una vez efectuada la relación de los hechos y luego de los acusados, con relación al apelante César Gutiérrez Ríos, se calificó su conducta como Incumplimiento de Deberes, condenándoselo por dicho tipo penal, respecto a lo cual concluye que, la Sentencia realmente ha variado o modificado los hechos fácticos punibles acusados; y en consecuencia, la calificación legal; por lo que se habría lesionado su derecho a la defensa, pues si bien es cierto que éste pudo haber preparado su defensa sobre la base de los datos y criterios iniciales, así como la calificación legal de los hechos expresados en la imputación tomando en cuenta la provisionalidad de la esta, entre la Falsedad Material y el Incumplimiento de Deberes existe una diferencia de los elementos que los configuran con los elementos que componen a los delitos por los cuales se lo juzgó