Respuesta al recurso de casación
Respuesta al recurso de casación:
La parte actora señala que la parte recurrente no cumple con los requisitos del num. 2) del Art. 258 del CPC, porque simplemente argumenta que el Auto de Vista no se ha pronunciado sobre todo los puntos reclamados en la fundamentación de agravios y que está exento de todo análisis y fundamentación jurídica y así expuesto el recurso no cumpliría con la adecuada técnica recursiva
La parte actora señala que la parte recurrente no cumple con los requisitos del num. 2) del Art. 258 del CPC, porque simplemente argumenta que el Auto de Vista no se ha pronunciado sobre todo los puntos reclamados en la fundamentación de agravios y que está exento de todo análisis y fundamentación jurídica y así expuesto el recurso no cumpliría con la adecuada técnica recursiva
- Terceros Mendoza
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Determinación del Juez A quo que fue apelada, en cuyo mérito la Sala Civil Segunda
- Contra el Auto de Vista indicado, el representante de las demandantes interpuso recurso de casación
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Respuesta al recurso de casación
- de fecha 14 de diciembre, solicitando que se declare improcedente el recurso interpuesto en la
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En el sistema recursivo, el de apelación tiene un papel preponderante porque es por excelencia
- En tal caso, la respuesta a la apelación debe ser debidamente motivada y fundamentada por
- Es así que, abierta la competencia del Tribunal de apelación, éste debe dirimir la problemática
- IV. FUNDAMENTACIÓN
- De la lectura de la Resolución de Alzada que cursa de fs
- De lo teorizado y de su lectura se aprecia que el Tribunal de alzada, solamente
- Por lo dicho y al evidenciarse que el Tribunal de Alzada no otorgó un pronunciamiento
- Por lo expuesto éste Tribunal de casación, atendiendo al reclamo del recurso de casación en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En cumplimiento del Art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
