Auto Supremo AS/0321/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0321/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Por Sentencia 26/2015 de 11 de junio, el Juez Cuarto de Sentencia en loPenal


Por Sentencia 26/2015 de 11 de junio, el Juez Cuarto de Sentencia en loPenal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró al imputado Manfred Chávez Garrido, autor del delito de Estafa Agravada, previsto y sancionado por los arts. 335 con relación al 346 Bis del CP, imponiéndole la pena de cinco años de reclusión, más multa de Bs. 60.- (sesenta bolivianos) correspondiente a sesenta días, a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por día a imponerse en ejecución de Sentencia, bajo los siguientes argumentos:

La acusación formulada por los querellantes fue probada en contra del imputado por el ilícito del art. 335 con relación del art. 346 Bis del CP, pues de la declaración del testigo de cargo y de la prueba judicializada, se evidenció que Manfred Chávez Garrido, provocó en error para la disposición patriomonial en perjuicio de los acusadores, haciéndoles creer que con el dinero invertido de $us. 200.000.- (doscientos mil dólares estadounidenses), éstos generarían grandes utilidades de dinero, para lo que el imputado entregó sumas de dinero por concepto de utilidades, aspectos evidenciados por los recibos de 9 de agosto de 2007, por la suma de $us. 5.000.- (cinco mil dólares estadounidenses), recibo de 24 de mayo de 2007, por $us. 7.000.- (siete mil dólares estadounidenses) y recibo de 28 de enero de 2008, por la suma de $us. 3.000.- (tres mil dólares estadounidenses)