En la litis, la única que cuenta con derecho propietario para reivindicar el lote
En la litis, la única que cuenta con derecho propietario para reivindicar el lote de terreno es sin duda Jacqueline Mora Bazán en aplicación a lo normado en el art. 1538.I y II del CC. que prescribe: “Ningún derecho real sobre inmuebles surte efectos contra terceros sino desde el momento en que se hace público según la forma prevista por este Código. II. La publicidad se adquiere mediante la inscripción del título que origina el derecho en el registro de los Derechos Reales.”, regla general aplicable al caso de autos, donde Jacqueline Mora Bazán tiene registrado su derecho propietario en la oficina de Derechos Reales conforme se evidencia del folio real cursante a fs. 5, registrado bajo la matricula Nº 4.01.1.01.0009950; en cambio, Luis Carlos Alanez Mendoza y Delia Herrera Rojas de Alanes, si bien cuentan con minuta y consiguiente testimonio de propiedad, no cuentan con la publicidad necesaria para oponerse a la parte recurrente, motivo por el cual de manera correcta, la legitimada a demandar es sin duda Jacqueline Mora Bazán
- Bazán
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Determinación del Juez A quo que fue apelada, en cuyo mérito la Sala Civil Primera
- Contra el Auto de Vista indicado, el demandado, interpuso recurso de casación, el mismo que
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Reitera que la reivindicación persigue la declaración de un derecho real y la protección de
- Acusa también error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas, señalando
- Finalmente señala error de hecho en la argumentación del Tribunal de alzada al otorgar a
- Respuesta al recurso de casación
- Respecto al error de hecho y de derecho señala que no es cierto
- De la lectura del recurso de casación, se puede entender que se denuncia en especial
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- Ahora bien, la parte demandada (recurrente) al momento de contestar a la demanda indica que
- Al respecto, con relación a la reivindicación este Máximo Tribunal tiene sentada doctrina como
- En la litis, la única que cuenta con derecho propietario para reivindicar el lote
- Bajo ese entendido, lo probado con las documentales de fs
- Por dichos motivos, se debe aplicar lo dispuesto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
