Auto Supremo AS/0411/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0411/2016

Fecha: 28-Abr-2016

Respuesta al recurso de casación

Por dichos motivos concluye peticionando que se case el Auto de Vista declarando no ha lugar la reivindicación.
Respuesta al recurso de casación:
La parte actora respecto al tema en debate señala que la recurrente no quiere entender que la Escritura Pública Nº 468/2005 no se perfeccionó en su inscripción a terceros aún no son aplicables en todo el contexto jurídico, ya que nadie puede demandar o exigir titularidad alguna del inmueble objeto de autos a los compradores Luis Carlos Alanes Mendoza y Delia Herrera Rojas de Alanes, ni ellos pueden reclamar derecho alguno a terceros porque ese instrumento no surte efectos sino desde su inscripción en Derecho Reales todo por mandato del art. 1538 del CC., razonamiento que lo hizo el Tribunal ad quem