Auto Supremo AS/0415/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0415/2016

Fecha: 28-Abr-2016

Para concluir el punto es preciso señalar que es posible la nulidad de obrados de

Para concluir el punto es preciso señalar que es posible la nulidad de obrados de oficio incluso en etapa de casación, ante la evidencia de no haberse sometido a las reglas establecidas para el trámite de usucapión, consecuentemente, el reclamo de la presunta preclusión de etapas que reclaman los recurrentes no tiene asidero legal alguno, y más bien se apegó a la normativa procesal con la que se tramitó el proceso de no continuar con un trámite cuyo futuro no prosperaría de manera favorable a los intereses de los actores