Auto Supremo AS/0147/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2016

Fecha: 12-May-2016

Expresa que al encontrarse el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, bajo la Ley Marco de

Expresa que al encontrarse el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, bajo la Ley Marco de Autonomías y Descentralización N° 031, realiza sus contrataciones de personal eventual en ejercicio del principio de autodeterminación. En ese contexto señala también que, el ad quem mediante auto de vista interpretó erróneamente el art. 5.II del DS N° 27375 de 17 de febrero de 2004, al señalar que los contratos que se suscriben son para el desempeño de funciones administrativas, acusando mala interpretación por parte de los de alzada por cuanto no se cumplió con la condición que impone el art. 12 del DS N° 21137; toda vez que, no correspondería el pago de subsidio de frontera, vulnerando el Auto Supremo (AS) N° 373 de 08 de octubre de 2014; jurisprudencia vinculante que obliga a los administradores de justicia en materia laboral a plasmar datos geográficos a efectos de asignación de subsidio de frontera, de no ser así se estaría vulnerando normas y atentando contra la entidad demandada