Auto Supremo AS/0358/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0358/2016-RA

Fecha: 23-May-2016

3) Señala que hubo vulneración del derecho al debido proceso, al aplicar de manera errónea


3) Señala que hubo vulneración del derecho al debido proceso, al aplicar de manera errónea los arts. 26, 308 y 312 del CPP. Después de hacer alusión a partes de la audiencia del juicio oral, la Sentencia, el recurso de apelación restringida y Auto de Vista impugnado, señala que mediante Auto de 23 de junio de 2006, el Fiscal de Distrito autorizó la conversión de acción de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado; y, que el art. 26 del CPP, mencionaría que se podrán convertir los delitos de carácter patrimonial; argumentando el recurrente, que los citados delitos, no pueden ser considerados de contenido patrimonial, por lo que vulneró el derecho de legalidad haciendo alusión al art. 115 de la CPE, y señalar posteriormente que provocó un defecto absoluto no susceptible de convalidación, conforme al art. 169 inc. 3) del CPP, por aplicar de manera incorrecta el art. 26 del citado Código