Auto Supremo AS/0358/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0358/2016-RA

Fecha: 23-May-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia leída íntegramente el 25 de agosto de 2009 (fs. 395 a 402), el Juez Tercero de Partido y Sentencia de Montero del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró al imputado Alberto Pozo Vedia, culpable de los delitos de Estafa, Falsedad Ideológica, Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 335, 198, 199 y 203 del CP, respectivamente, condenándole a la pena de reclusión de tres años y seis meses; y, a Eduardo Chambi Aguilar, cómplice del delito de Estafa sancionado por el art. 335 del CP, condenándole a la pena de reclusión de dos años con costas, concediéndole el perdón judicial