Auto Supremo AS/0359/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0359/2016-RA

Fecha: 23-May-2016

Señala que el Auto de Vista impugnado, incurrió en revalorización de la prueba, específicamente


Señala que el Auto de Vista impugnado, incurrió en revalorización de la prueba, específicamente de la entrevista efectuada al niño víctima y de la prueba codificada como MP6 consistente en el Informe Psicológico, asumiendo una posición respecto a ella pese que el Tribunal de Sentencia nunca valoró la declaración de la profesional que la elaboró porque no se apersonó a juicio, lo que implica que el Tribunal de alzada descartó y olvidó completamente cualquier valor probatorio de los elementos de convicción lícita y legalmente introducidos a juicio. Revalorización que es patente en los “numerales II.4 Y II.5 Considerando” (sic) en contradicción con lo establecido en el Auto Supremo 635 de 20 de octubre de 2004, realizando cita de doctrina legal aplicable. Señala que la función del tribunal del tribunal de Alzada es garantizar el debido proceso contenidas en los arts. 413 y 414 del CPP y que encuentra sustento en los precedentes, los Autos Supremos 47/03 de 28 de enero de 2003, 316/03 y 317/03 de 13 de junio de 2003 y 133 de 9 de marzo de 2004; y, en el Auto de Vista 037 “6 de octubre de 2005”; y, el Auto Supremo 722 de 26 de noviembre de 2004