Auto Supremo AS/0469/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0469/2016

Fecha: 11-May-2016

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3.- Refiere de manera poco clara que se habría aplicado mal o erróneamente el art. 188 del Código de Familia, limitándose a indicar esta situación sin especificar de qué manera se habría aplicado mal o erróneamente lo relacionado a este artículo, o por qué razón el Tribunal de Alzada habría realizado una mala valoración al respecto. Con relación a lo reclamado diremos que la recurrente no expresa con claridad el reclamo, respecto a la mala aplicación o en su caso aplicación errónea del art. 188 del Código de Familia, limitándose a indicar su mala aplicación, sin embargo no explica en que consiste la mala interpretación de este este artículo realizada por el Tribunal de Alzada, ni cuáles serían los errores, o mala aplicación del mencionado artículo, es decir que la recurrente no cumple con especificar en qué consiste la violación, falsedad o error de las normas que acusa como infringidas, sin cumplir con el requisito especificado en el art. 258 num. 2) del Código de Procedimiento Civil, lo que impide a este Tribunal suplir esas deficiencias y realizar análisis al respecto, toda vez que las infracciones acusadas deben especificarse en el recurso y no suplirse con memoriales posteriores, por lo que respecto a este punto este Tribunal no puede ingresar a considerar el reclamo por la carencia en su formulación, deviniendo su reclamo en improcedente con relación a este punto