Auto Supremo AS/0494/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0494/2016

Fecha: 16-May-2016

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1.1. Al respecto corresponde referir que cuando se denuncia omisión en la valoración de la prueba, esto es error “in procedendo”, se concreta que el Tribunal de Alzada no ha considerado ni ha valorado la prueba que se denuncia de omitida, de consiguiente, al no haberse considerado ni valorado dicha prueba, no puede al mismo tiempo haberse incurrido en error en su tasación porque se entiende que esta no ha sido valorada por el Tribunal denunciado