Asimismo el Auto Supremo Nº 1115/2015 de 04 de diciembre, al referirse al error de
Asimismo el Auto Supremo Nº 1115/2015 de 04 de diciembre, al referirse al error de hecho y de derecho a razonado que: “Al respecto, corresponde referir que entre los requisitos intrínsecos del recurso de casación en el fondo, se encuentra la motivación y fundamentación sobre los errores "in judicando" en que ha incurrido el Tribunal al aplicar el derecho material en la decisión de la causa y están expresamente previstos en los incisos 1), 2) y 3) del art. 253 del Código de Procedimiento Civil, cuando indica que procederá el recurso de casación en el fondo en los siguientes casos:…3) Cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error de derecho o error de hecho, errores también diferentes, en el primer caso se debe especificar los medios probatorios, que aportados a obrados, el juzgador no le dió la tasa legal que la ley le otorga, y en el segundo caso, se debe demostrar objetivamente el error manifiesto en el que hubiera incurrido el juzgador, habida cuenta que la apreciación y valoración de la prueba es incensurable en casación, además éste último debe de evidenciarse por documentos o actos auténticos, debiendo todo recurrente fundar su impugnación en lo sustancial, en cualquiera de las causales que establece el citado art. 253 del Código de Procedimiento Civil en sus tres ordinales…”
- Proceso: Resolución de contrato
- Distrito: Tarija
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN, Y SU RESPUESTA
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- Refiere que el recurrente no señala la existencia de error de hecho o de derecho,
- Que el A quo como el Ad quem han valorado de manera correcta la prueba
- Por expresa disposición del art
- Por otra parte, la nulidad invocada por el demandado no ha sido objeto de demanda
- Que al haberse demostrado con prueba idónea (documental) los extremos de la acción pretendida, tanto
- Por lo expuesto solicita declarar improcedente el recurso de fondo interpuesto por el demandado con
- Tomando en cuenta que el recurso de casación que se analiza se concreta a la
- El Auto Supremo Nº 146/2015 de 06 de marzo, ha señalado que: “…se ha establecido
- Respecto a lo anterior el Auto Supremo Nº 410/2015 de 09 de junio, ha señalado
- Por otra parte el Auto Supremo Nº 184/2015 de 11 de marzo, al referirse a
- El Auto Supremo Nº 629/2014 de 31 de octubre como línea jurisprudencial se concretó
- Asimismo el Auto Supremo Nº 1115/2015 de 04 de diciembre, al referirse al error de
- La segunda parte del parágrafo I del art
- Existe error de hecho al momento de apreciar las pruebas, por ejemplo, cuando se tiene
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- Respecto a lo anterior, del acta de audiencia de confesión provocada de fs
- Sin embargo, la confesión de fs
- El documento privado reconocido de fecha 20 de septiembre de 2013 de fs
- Al respecto corresponde manifestar que en el marco del art
- 5. En relación a su acusación de violación del art. 631 del Código Civil
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal emitir fallo en la forma prevista por el
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
