Auto Supremo AS/0512/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0512/2016

Fecha: 16-May-2016

Resolución de primera instancia que es apelada por los demandados, a través de su representante

Resolución de primera instancia que es apelada por los demandados, a través de su representante legal Eliud Paricollo Gallardo, mediante escrito de fs. 146 a 147 y vta., que mereció el Auto de Vista Nº 353/2014 de 30 de octubre, cursante de fs. 177 a 178, que en lo relevante hace alusión expresa del art. 549 del Código Civil referido a las causales de nulidad de contrato, el art. 493.I del mismo sustantivo civil, referido a las formalidades que exige la ley a determinados contratos para su validez. Dentro de ese marco normativo considera que el Juez A quo al declarar la nulidad de los contratos de fecha 08 de abril de 2010 y 16 de octubre de 2010, suscritos entre el señor Gustavo Adolfo Arancibia Gutiérrez y los señores Walker Duran Camacho y Ana María Silva Cordero, se adecuan a los preceptos enmarcados en nuestra legislación vigente