La apelación restringida fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, en el que se
La apelación restringida fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, en el que se precisó que no sería evidente que se hubiera omitido considerar los fundamentos de la defensa técnica, ni se hubiera vulnerado su derecho a la defensa, a ser oído y al debido proceso, bajo el argumento que de la revisión del acta de juicio y la Resolución impugnada, se habría tomado en cuenta la participación de la acusada en su autodefensa (defensa material) como de su defensa técnica, que participó con su alegato inicial, la labor probatoria y su manifestación de sus conclusiones. Que en el Considerando II de la Sentencia se encuentra plasmada su declaración; que en el Considerando IV se tomó en cuenta y valoró la prueba de descargo. Que si bien las alegaciones de cargo y descargo no son transcritos en la Sentencia; empero, eso no implicaría negar el derecho a la defensa ejercido en juicio, porque el acusador hubiera llevado la carga probatoria a efecto de demostrar el hecho y la conducta de la incriminada, independientemente del derecho de la parte acusada de fortalecer su derecho a la presunción de inocencia. Que además, con la prueba de cargo hubiera quedado establecido la convicción de haberse demostrado la existencia del hecho y la participación de ambos acusados; que otro elemento importante sería, que para el surgimiento de una Sentencia condenatoria, por mandato constitucional y de los derechos humanos, debe existir mínima actividad probatoria que destruya la presunción de inocencia; también se estableció que el legislador en el art. 360 inc. 2) del CPP, previno el requisito de la enunciación del hecho y circunstancias objeto del juicio, y que en suma, la esencia del juicio sería la actividad probatoria, que debe estar descrita en la Sentencia. De igual manera, precisó que si bien los alegatos iniciales y conclusivos tienen su importancia, pero no son parte decisiva del juicio, por cuanto, constituyen la opinión de cada parte. Finalmente, refirió que al no estar descritos los alegatos de cargo o descargo en la Sentencia, no constituye vulneración al derecho a la defensa de la acusada, porque se evidenciaría su participación activa en el juicio y su valoración probatoria
- Por memorial presentado el 11 de diciembre de 2015, cursante de fs
- a) Por Sentencia 06/2013 de 22 de abril (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Freddy Bustos Lazarte (fs
- I.2. Del motivo del recurso de casación
- Del recurso de casación y el Auto Supremo 247/2016-RA de 21 de marzo, cursante de
- La recurrente solicita: “se dignen pronunciar RESOLUCIÓN, declarando procedente el recurso de casación interpuesto y
- I.2. Admisión del recurso
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, en el que se
- En el caso presente, la parte imputada recurre de casación denunciando que el Tribunal de
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Para sostener la problemática planteada, la recurrente invoca como primer precedente, el Auto Supremo 5
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- Por otro lado, invoca, el Auto Supremo 183 de 6 de febrero de 2007, dictado
- Finalmente, la parte recurrente invoca el Auto Supremo 448 de 12 de septiembre 2007, dictado
- La falta de fundamentación en las resoluciones jurisdiccionales constituye un defecto absoluto, porque afecta al
- La jurisprudencia penal tiene sentada una línea con respecto a la falta de fundamentación en
- Esta Resolución invocada contiene la doctrina legal aplicable exigida por el art
- III.3. Análisis del caso concreto
- Ahora bien, efectuada la precisión de antecedentes, con relación a la denuncia de que el
- Esto significa, que dentro del proceso penal, la función defensiva le corresponde a toda persona
- En el ordenamiento interno, el art
- En cuanto se refiere a los alcances del derecho a la defensa, el Tribunal Constitucional,
- De manera concreta, el derecho a ser oído está referido al ejercicio de la defensa
- Ahora bien, definido el alcance del derecho a la defensa y el derecho a ser
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
