Auto Supremo AS/0649/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0649/2016

Fecha: 15-Jun-2016

En mérito al recurso de casación interpuesto, corresponde absolver el mismo de la siguiente manera


IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:

En mérito al recurso de casación interpuesto, corresponde absolver el mismo de la siguiente manera:
La parte ahora recurrente de modo general, en una misma relación fáctica y cual si se tratara de un memorial de alegatos, remitiéndose y desarrollando los antecedentes de la presente causa, la demanda y contestación, así como la sentencia y Auto de Vista, especifica que la Resolución de Alzada contiene “violación, interpretación errónea y apreciación indebida de la ley, además que en la apreciación de las pruebas se ha incurrido en error de derecho y error de hecho”, por lo que concreta recurso de casación en el fondo, sin embargo, de manera incoherente, procede a desglosar y acusar en una misma relación de hechos la violación de normas sustantivas (arts. 1283, 1286, 1287, 1289 y 1297 del Código Civil), y adjetivas (arts. 375, 376, 377, 379, 380, 381, 397 del Código de Procedimiento Civil), concluyendo también por el “error de hecho y de derecho en la valoración de los medios probatorios y actos procesales que menciona”; es decir, que funda su denuncia de violación interpretación errónea y apreciación indebida de la ley, y error de derecho y error de hecho en la apreciación de las pruebas, en la misma relación de hechos