Auto Supremo AS/0649/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0649/2016

Fecha: 15-Jun-2016

Por su parte el art


Por su parte el art. 274 del mismo Código Procesal Civil, preceptúa que: “I. El recurso deberá reunir los siguientes requisitos:…3. Expresará, con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos. Estas especificaciones deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales anteriores, ni suplirse posteriormente”