III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
Actos mercantiles mixtos.-
El art. 9 del Código de Comercio señala lo siguiente: “(Actos mercantiles mixtos) Si el acto es comercial para una de las partes, se rige también por las disposiciones de este Código”, dicha norma señala que si la actividad es comercial para una de las partes, las normas a ser aplicables para la solución de la controversia se rige por la disposiciones del Código de Comercio, bastando que una de las partes sea comerciante para aplicar las reglas contenidas en el Código de Comercio
Actos mercantiles mixtos.-
El art. 9 del Código de Comercio señala lo siguiente: “(Actos mercantiles mixtos) Si el acto es comercial para una de las partes, se rige también por las disposiciones de este Código”, dicha norma señala que si la actividad es comercial para una de las partes, las normas a ser aplicables para la solución de la controversia se rige por la disposiciones del Código de Comercio, bastando que una de las partes sea comerciante para aplicar las reglas contenidas en el Código de Comercio
- (Shoping Center Cavero)
- Distrito: Santa Cruz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Acusa que el Auto de Vista contiene disposiciones contradictorias, manifestando que en el segundo considerando
- Por lo que solicita casar el Auto de Vista
- Luego de señalar el contenido del recurso de apelación que hubiera formulado en contra de
- Asimismo acusa errónea aplicación del art
- Asimismo señala que no adecuó su conducta al art
- Por lo que solicita anular el Auto de Vista y se declare probada su excepción
- Posteriormente, la actora contesta el recurso de casación del demandado en fs
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- El art
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- Se debe señalar que el art
- 2
- Por otra parte en cuanto a la acusación de que no existía mora para aplicar
- Por lo expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo: Dr. Rómulo Calle Mamani.
