Auto Supremo AS/0661/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2016

Fecha: 15-Jun-2016

Por otra parte en cuanto a la acusación de que no existía mora para aplicar

Por otra parte en cuanto a la acusación de que no existía mora para aplicar el art. 1503.II del Código Civil, se debe señalar que en el caso presente se ha considerado la aplicación de la “renuncia a la prescripción ganada”, no pudiendo forzar el criterio del recurrente en sentido de que cumplió con su prestación, cuando las obligaciones, surgen luego de la venta como es la evicción y saneamiento, siendo esta última la que llegó a considerar el Tribunal de alzada, por lo que la decisión del Tribunal de alzada no se apoya en el cumplimiento o no de una prestación, sino en la obligación de saneamiento de la cosa vendida, por lo que el reclamo resulta ser infundado