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    Auto Supremo AS/0711/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0711/2016

    Fecha: 27-Jun-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Silvia Vargas Crespo por memorial
    • En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
    • Con relación a la confesión provocada, habría manifestación que sus hijas ayudaban en el negocio,
    • En relación a que la Resolución fuera atentatoria al derecho fundamental de precautelar el derecho
    • En la forma
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    • Por lo anterior solicita se anule obrados hasta el vicio más antiguo
    • Refiere a los antecedentes de la demanda y los argumentos que expuso el demandante para
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    • Por lo anterior dice plantear recurso de casación en el fondo a fin de que
    • De la respuesta a los recursos de casación
    • Contradice los argumentos expuestos en el recurso de casación, que no fuera evidente la vulneración
    • Respecto a la complementación del Auto de Vista señala que no existiera cumplimiento de
    • Respecto al recurso de casación en el fondo, señala que contuviera cuestiones intrascendentes, con relación
    • Sobre el argumento que se habría demostrado que la demandada acredita ser propietaria del inmueble
    • Respecto al argumento tercero que respecto a los cuestionamientos a las declaraciones de cargo si
    • Al argumento cuarto, incide en señalar que la usucapión reside en la incuria de la
    • Sobre el argumento sexto, señala que se tuviera respondido a los argumentos, concluyendo que
    • III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Respecto a la Usucapión decenal o extraordinaria se verifica el Auto Supremo Nº 573/2014, de
    • No obstante lo anterior, el reclamo va por el presunto incumplimiento de lo previsto por
    • Bajo los razonamientos expuestos, corresponde emitir Resolución por el infundado
    • Para responder a los cuestionamientos realizados con la acusación de existir error de hecho y
    • Por todo lo expuesto y considerado corresponde emitir Resolución en sujeción a lo previsto por
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase

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