Auto Supremo AS/0711/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0711/2016

Fecha: 27-Jun-2016

Refiere a los antecedentes de la demanda y los argumentos que expuso el demandante para

En el fondo:
Refiere a los antecedentes de la demanda y los argumentos que expuso el demandante para fundar su acción, la negativa presentada por la demandada y la oposición de las excepciones planteadas a la demanda en la que habría hecho constar la compra que realizó con las características que menciona. Que se habría referido al negocio familiar que se emprendió en las instalaciones del bien inmueble, y que el demandante fuera simplemente cuidador y detentador precario, no pudiendo como hija desamparar menos desalojar a sus padres, que no existió los elementos que hicieran procedente la pretensión del actor; además habría hecho constar que el actor solo tuviera el carácter de detentador precario al ser cuidador y administrador, refiriendo a los argumentos que expuso en la demanda, la posterior fijación de los puntos de hecho a probar, y con esos antecedentes fundamenta el recurso de casación en el fondo señalando que:
1.- La norma que autoriza el recurso en esta vía, y que en el caso en cuestión al confirmar la Sentencia de primera instancia habrían incurrido en error de hecho y derecho en la apreciación de las pruebas producidas en el proceso y violado, interpretado en forma errónea y aplicado en forma indebida la ley.
Refiere a la afirmación que se hubo hecho en Sentencia respecto a la evidencia de la posesión ejercida en forma pacífica, pública, continuada e ininterrumpida por más de 10 años, mediante la inspección judicial, confesión provocada y declaraciones testificales, este aspecto dice fuera señalado en la misma forma por el Ad quem, estos aspectos no fueran evidentes, en razón a que el lugar donde funcionaría la peladora de arroz se hallaría compuesta por tres lotes, identificando la existencia en la conclusión realizada existiera error de hecho en la apreciación de la prueba de inspección judicial