b)Por no someter el Tribunal ad quem argumentación y compulsa lo señalado en el inciso
b)Por no someter el Tribunal ad quem argumentación y compulsa lo señalado en el inciso anterior, no haber considerado y valorado adecuadamente en el expediente la prueba que cursa en obrados de fs. 1, 2 y 170 a 179, donde el demandante acepta y reconoce que no percibía el sueldo básico de Bs.9.131; y en una total falta de imparcialidad y desapego a lo establecido por el art. 158 del Código Procesal del Trabajo (CPT), procede a violar dicha norma, pues no obra en justicia violando el principio de libre apreciación de la prueba establecido en el art. 3.j) del CPT, estableciendo un promedio mensual de Bs.9.131
- VISTOS: Los recursos de casación, el primero interpuesto por Samuel Justiniano Abrego, cursante a fs
- La recurrente Katherine Daher de Rivero, inicia sus argumentos acusando la infracción y violación de
- b)Por no someter el Tribunal ad quem argumentación y compulsa lo señalado en el inciso
- En ese mismo sentido el recurrente señala, que el Tribunal ad quem no ha considerado
- En relación al error de hecho y de derecho, la recurrente manifiesta, que si bien
- a)Por el erróneo argumento de no haberse cumplido con la carga de la prueba conforme
- CONSIDERANDO II
- De lo precedentemente relacionado y adoptando el entendimiento vertido anteriormente por este Tribunal Supremo de
- En el caso presente, de la revisión de actuados se evidencia que, conforme se tiene
- En consecuencia, en la especie, se evidencia que el Tribunal de apelación al resolver las
- Por los argumentos expuestos, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en los arts
- En cumplimiento a lo previsto por el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
