Auto Supremo AS/0261/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0261/2016

Fecha: 25-Jul-2016

La consecuencia más importante del principio de protección es que quien ha celebrado el acto

La consecuencia más importante del principio de protección es que quien ha celebrado el acto nulo a sabiendas o debiendo saber del vicio que lo invalidaba, no puede invocarlo. Es una aplicación del principio nemo auditur non propiam turpitudinem allegans "nadie puede invocar a su favor su propia torpeza". En consecuencia la legitimación para reclamar la nulidad estará otorgada por el interés, que se traduce en el perjuicio efectivamente sufrido, por quien solicita la declaratoria de nulidad