Sobre el caso concreto, inicialmente corresponde precisar que el Derecho Laboral se nutre fundamentalmente principios
Sobre el caso concreto, inicialmente corresponde precisar que el Derecho Laboral se nutre fundamentalmente principios y directrices que sirven de centro o referencia a la regulación de una determinada institución jurídica, e inspiran el verdadero sentido de las normas con particularidades distintas y diferentes de otras ramas y disciplinas jurídicas, cuya finalidad, no sólo es orientadora e interpretativa; sino, que se encuentra destinada principalmente a solucionar casos concretos. Así también, nuestra Constitución Política del Estado (CPE) conforme a esta óptica protectiva regula pautas interpretativas de las normas laborales, estableciendo su art. 48.II el “principio de la relación laboral” como un principio protector de los trabajadores, señalando al efecto: “Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador”, estableciéndose que la importancia que reviste este principio es de una enorme trascendencia social y jurídica, pues se constituye este en uno de los pilares fundamentales del derecho del trabajo que busca proteger y favorecer al trabajador en las relaciones de trabajo. Por ello, desde sus inicios encontramos que en las relaciones laborales el trabajador es la parte débil de esta; y por ende que existe una desigualdad en la realidad contractual del trabajo, por lo que el principio en mención trata de amparar a una de las partes para lograr una justicia social en condiciones humanas con el empleador. Así pues que el proteccionismo que se aplica en el Derecho Laboral lo diferencian del resto de las ramas del Derecho
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Freddy Lovera Apaza de fs
- Interpuestos los Recursos de apelación por parte de Freddy Lovera Apaza de fs
- I
- 2do
- 3ro
- Concluye el recurso, pidiendo dicte Auto que declare Nulo el Auto de vista de fs
- RESPUESTA AL RECURSO
- Felipe Luna Ríos responde el recurso argumentando cada uno de los puntos expuestos por la
- 4to
- Finaliza su memorial pidiendo se rechace el Recurso de Casación en el fondo y se
- II.Fundamentos jurídicos del fallo
- Analizado el contenido del recurso, las normas acusadas como infringidas y los antecedentes contenidos en
- Si se plantea recurso de casación en la forma o por errores in procedendo, lo
- De manera general se ha dicho que la nulidad es la sanción por la cual
- Al tratar sobre las nulidades procesales debemos tener en cuenta que no se trata de
- Por ello, en materia de nulidades procesales existen ciertos principios que informan la materia y
- Este precepto se encuentra íntimamente relacionado con el principio de finalidad; en virtud al cual
- Principio de Trascendencia
- Principio de convalidación
- El principio de convalidación tiene íntima relación con el de preclusión, que tiene lugar cuando
- Principio de Protección
- La consecuencia más importante del principio de protección es que quien ha celebrado el acto
- Situación distinta es la que se presenta en la declaratoria de oficio de la nulidad
- Establecidos los principios que rigen las nulidades procesales, corresponde establecer que por regla general la
- Como se señaló, únicamente la parte perjudicada con la infracción está legitimada para impetrar la
- En el caso presente, se advierte que el recurrente no ha fundamentado ni ha demostrado
- Más aún, el recurrente, saliendo por los fueros de la parte contraria, reclama una omisión
- Por tanto su reclamo es infundado
- Analizados los antecedentes, se advierte que los de instancia consideraron las pruebas que, el ahora
- 2
- Sobre el caso concreto, inicialmente corresponde precisar que el Derecho Laboral se nutre fundamentalmente principios
- De esta manera, consiste el principio protector en darle mayor defensa al trabajador frente al
- Para el caso concreto el Código Procesal del Trabajo establece de manera particular en su
- En tal razón el recurrente al no haber comparecido a la Audiencia de Confesión judicial
- 3
- De lo indicado precedentemente, corresponde dar aplicación de las disposiciones legales contenidas en el art
- Se regula el honorario profesional del abogado del demandante en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
