Por consiguiente, en aplicación de los arts
En ese entendimiento, conforme las atribuciones y facultades del Tribunal de Alzada, tras evidenciarse que el recurso de apelación, contiene fundamentos de fondo de la causa, los mismos que deben ser respondidos por el Tribunal de segunda instancia con la finalidad de resolver el conflicto jurídico puesto a conocimiento del órgano judicial; en aplicación de los principios de verdad material, celeridad, justicia pronta y oportuna, corresponde anular el Auto de Vista N° 90/2015-SSA-I de 19 de junio de 2015, a efecto de que el Tribunal de alzada, en el marco de los fundamentos desarrollados precedentemente, ejerza sus facultades y atribuciones, pronunciando nueva resolución por la que dé respuesta a cada uno de los agravios expuestos por el demandante en el recurso de apelación cursante de fs. 991 a 999 de obrados.
Por consiguiente, en aplicación de los arts. 252 del Código de Procedimiento Civil y 106.I del Nuevo Código Procesal Civil, en concordancia con el art. 220 parágrafo III num. 1 inc. c) del NCPC-2013, normativa aplicable en esta materia por permisión del art. 252 del CPT; debe este Alto Tribunal asumir una posición anulatoria, cumpliendo con la obligación de garantizar y velar por una administración de justicia sin vicios
Por consiguiente, en aplicación de los arts. 252 del Código de Procedimiento Civil y 106.I del Nuevo Código Procesal Civil, en concordancia con el art. 220 parágrafo III num. 1 inc. c) del NCPC-2013, normativa aplicable en esta materia por permisión del art. 252 del CPT; debe este Alto Tribunal asumir una posición anulatoria, cumpliendo con la obligación de garantizar y velar por una administración de justicia sin vicios
- VISTOS: El recurso de nulidad o casación en el fondo y en la forma cursante
- El recurrente inicia sus argumentos señalando que, realizada la contestación a la demanda conjuntamente
- El recurrente continuando con sus argumentos manifiesta, que el Auto de Vista menciona el art
- Al respecto el recurrente indica que el Tribunal de Alzada en el Auto de Vista
- CONSIDERANDO II
- En ese sentido es pertinente dejar claramente establecido que este Tribunal a través de diversos
- Con ese antecedente, el art
- En ese entendido, las disposiciones legales precedentemente transcritas definen el límite de la actuación de
- Por consiguiente, en aplicación de los arts
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
