Además, añadió que la Sentencia se sustentó en hechos existentes y debidamente acreditados en la
Estas denuncias fueron desestimadas por el Tribunal de alzada, conforme se tiene de lo extractado en el acápite II.4., de este Auto Supremo; por cuanto, advirtió que en la dictación de la Sentencia no existió ningún defecto en el procedimiento, que en el presente caso, las pruebas presentadas por la fiscalía no fueron suficientes para demostrar que el acusado Oscar Delgadillo Faldín hubiere incurrido en el hecho delictivo, agregando no ciertos ni evidentes los fundamentos expuestos por el Ministerio Público, pues de la lectura de la Sentencia, evidenció que la fundamentación era correcta y cumplió con las exigencias de los arts. 114, 123, 124, 357, 359, 360 y 361 del CPP, sin incurrir en el defecto del art. 370 inc. 5) de la citada Ley, ya que contenía los motivos de hecho y derecho en los que basó sus decisiones; y, el valor otorgado a los medios de prueba, con la relación del hecho histórico, estando fijada de manera clara, precisa y circunstanciadamente la especie que se estimó acreditada y sobre la cual se emitió el juicio, que es lo que se conoce como fundamentación fáctica.
Además, añadió que la Sentencia se sustentó en hechos existentes y debidamente acreditados en la audiencia de juicio oral sin incurrir en lo previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP, explicando el Tribunal de apelación, que el Tribunal al valorar las pruebas de cargo y descargo, desarrolló una operación intelectual de forma conjunta y armónica de exclusividad jurisdiccional, con el fin de determinar, si los datos fácticos obtenidos en la producción de la prueba desfilada en la audiencia del juicio oral, público, continuado y contradictorio, poseían la entidad, cualidad suficiente y requerida para corroborar la presunción de inocencia, mediante el método de la libre valoración racional y científica de acuerdo a las reglas de la sana crítica, la lógica y el sentido común, unidas a elementos como la ciencia, conciencia y experiencia, argumentando el Tribunal inferior que no era suficiente que al acusado haya sido encontrado conduciendo el motorizado en el cual se encontraba el presunto dueño de la droga, pues su participación en el hecho debía ser debidamente demostrada por todos los medios de prueba a su alcance y no solamente sostener una serie de argumentaciones de carácter subjetivo sin ningún sustento legal
- Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2015, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 16/2014 de 25 de septiembre (fs
- b) Contra la Sentencia 25/2014 de 11 de diciembre, el representante del Ministerio Público, interpuso
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del recurso de casación y del Auto Supremo 384/2016-RA de 24 de mayo, se extrae
- El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, sin considerar la valoración defectuosa de la
- El recurrente solicita se conceda su recurso y verificando los datos procesales de la Sentencia
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 384/2016-RA de 24 de mayo, cursante de fs
- Hechos no probados que generaron duda en el Tribunal
- Que las pruebas aportadas por el Ministerio Público no fueron suficientes para demostrar que el
- II.2.De la apelación restringida del representante del Ministerio Público
- II.3. De la Subsanación del recurso de apelación restringida
- Radicado la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- Previamente corresponde destacar que este Tribunal, flexibilizando los requisitos exigidos por la norma procesal penal,
- III.1. Sobre la correcta fundamentación
- La Constitución Política del Estado (CPE) reconoce y garantiza los derechos: del debido proceso en
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la CPE y el CPP,
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- De ello, se establece que los Tribunales de alzada a momento de emitir sus fallos
- III
- Antes de ingresar al análisis del presente motivo, resulta pertinente hacer referencia a la carga
- (…)
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- De lo anterior se concluye, que es obligación de quien interpone un recurso en la
- III.3.Análisis del caso concreto
- Sintetizada la denuncia traída a casación, en la cual la parte recurrente reclama que el
- Además, añadió que la Sentencia se sustentó en hechos existentes y debidamente acreditados en la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
