Que las pruebas aportadas por el Ministerio Público no fueron suficientes para demostrar que el
Que las pruebas aportadas por el Ministerio Público no fueron suficientes para demostrar que el coimputado Oscar Delgadillo Faldín, de manera cierta e indudable hubiere incurrido en el hecho sometido a juzgamiento por las siguientes razones: a) El Ministerio Público no presentó prueba alguna que demuestre el nexo causal entre el hecho acusado y el imputado Oscar Delgadillo Faldin, ya que los informes del asignado al caso, ofrecidos y judicializados en juicio oral, señalan que en la requisa del vehículo conducido por el imputado, se evidenció que la persona que se encontraba en el asiento posterior del conductor identificado como Danner Suarez transportaba dos maletines y que en la requisa de los maletines se encontró en su interior en medio de la ropa una bolsa de nylon color transparente que contenía pequeños envoltorios en forma de cápsulas ovoidales de color negro forrados con nylon transparente, que efectuadas las prueba de campo narco test dio resultado positivo para cocaína y que además Danner Suarez les manifestó ser propietario del maletín e indicó que iba con dirección a la terminal de buses para viajar al departamento de Cochabamba con destino final Iquique Chile; b) En ninguna de las actas de requisa personal del imputado Oscar Delgadillo así como en el acta del motorizado, se señala que al conductor (Oscar Delgadillo) o en alguna otra parte del motorizado se hubiere encontrado sustancia controlada; c) El Ministerio Público trató de convencer al Tribunal, de que Oscar Delgadillo Faldín es autor del delito de Tráfico de Sustancias Controladas; por cuanto, en audiencia de juicio el coacusado Danner Suarez Flores habría señalado, que escuchó, de Oscar Delgadillo Flores que habló por teléfono con la persona que le entregó la sustancia controlada para trasladar a Chile, aspecto que no fue demostrado; toda vez, que no se presentaron extractos de llamadas entrantes ni salientes del celular de Oscar Delgadillo Faldín; y, d) Que la declaración del imputado no es considerada como prueba inobjetable en juicio oral; toda vez, que puede señalar todo lo que le favorezca
- Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2015, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 16/2014 de 25 de septiembre (fs
- b) Contra la Sentencia 25/2014 de 11 de diciembre, el representante del Ministerio Público, interpuso
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del recurso de casación y del Auto Supremo 384/2016-RA de 24 de mayo, se extrae
- El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, sin considerar la valoración defectuosa de la
- El recurrente solicita se conceda su recurso y verificando los datos procesales de la Sentencia
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 384/2016-RA de 24 de mayo, cursante de fs
- Hechos no probados que generaron duda en el Tribunal
- Que las pruebas aportadas por el Ministerio Público no fueron suficientes para demostrar que el
- II.2.De la apelación restringida del representante del Ministerio Público
- II.3. De la Subsanación del recurso de apelación restringida
- Radicado la causa ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
- Previamente corresponde destacar que este Tribunal, flexibilizando los requisitos exigidos por la norma procesal penal,
- III.1. Sobre la correcta fundamentación
- La Constitución Política del Estado (CPE) reconoce y garantiza los derechos: del debido proceso en
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la CPE y el CPP,
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- De ello, se establece que los Tribunales de alzada a momento de emitir sus fallos
- III
- Antes de ingresar al análisis del presente motivo, resulta pertinente hacer referencia a la carga
- (…)
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- De lo anterior se concluye, que es obligación de quien interpone un recurso en la
- III.3.Análisis del caso concreto
- Sintetizada la denuncia traída a casación, en la cual la parte recurrente reclama que el
- Además, añadió que la Sentencia se sustentó en hechos existentes y debidamente acreditados en la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
