Auto Supremo AS/0547/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0547/2016-RRC

Fecha: 15-Jul-2016

Ahora bien, de la revisión del Auto de Vista recurrido, se advierte que el Tribunal


Ingresando al análisis del presente recurso, se tiene que los recurrentes al interponer su recurso de apelación restringida, bajo el título “ERRONEA APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA”, alegaron que se absolvió al acusado del delito de Estelionato arguyendo que las pruebas ya hubieren sido consideradas en otro juicio, cuando quedó establecido que no hubo otro juicio, sino producto de conversión de acción penal, un solo juicio que hasta el momento no tiene condena, que las pruebas ofertadas por su parte fueron judicializadas legalmente, correspondiendo su valoración dentro del marco legal, no resultando posible sostener que ya fueron consideradas en otro proceso.

Ahora bien, de la revisión del Auto de Vista recurrido, se advierte que el Tribunal de alzada desestimó el reclamo efectuado por los apelantes, alegando que no acreditaron que la resolución de sobreseimiento hubiere sido dejada sin efecto; tampoco, hicieron una relación precisa de cuál la valoración que afectó a los principios de forma interior y cuál debió ser la conclusión a la que debió arribar el juzgador, resultándole contradictorio y hasta incongruente afirmar que este proceso sería una continuación por conversión de acción penal de un inconcluso proceso, que si bien los apelantes cuestionaron errores relacionados con el análisis y valoración de la prueba que generaría la absolución del acusado; empero, constató que no aclararon de forma específica cuál la valoración correcta que debió realizar el Juez a-quo, no resultándole suficiente el argumento, de que no existió doble juzgamiento. En ese contexto, el Tribunal de alzada explicó que los apelantes debieron realizar la referencia de la valoración que se pretendía con relación a la prueba erróneamente valorada y que evidenció que la Sentencia fue emitida conforme a las reglas de la sana crítica, donde se expuso los razonamientos que fundaron la decisión, que se realizó el análisis integral de todas las pruebas producidas, afianzando su convencimiento sobre las declaraciones testificales, prueba ocular y especialmente sobre la prueba documental judicializada