Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0552/2016-RRC
Fecha: 15-Jul-2016
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 11 de enero de 2016, cursante de fs
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a) Por Sentencia de 4 de octubre de 2011 (fs
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b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Micaela Licona Valdivia, interpuso recurso de apelación restringida
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 248/2016-RA de 21 de marzo,
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1) La recurrente denuncia que el Tribunal de alzada debió dictar el Auto de Vista
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De acuerdo a la norma legal citada, tendría que haberse denunciado la defectuosa valoración de
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2)Por otro lado alega, la ilogicidad del Auto de Vista impugnado, porque se confunde la
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I.1.2. Petitorio
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La recurrente solicita se declare admisible y fundado su recurso de casación y en consecuencia
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I.2. Admisión del recurso
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Por Auto Supremo 248/2016-RA de 21 de marzo cursante de fs
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y detallado el ámbito de
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La querellante Aurora Baldivieso de Casanova, con la producción de su prueba testifical y literal
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Se concluyó también que la imputada sabiendo de su responsabilidad que tenía como encargada de
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Si evidentemente el proceso fue en calidad de reenvío se hizo notar que el Juzgador
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La prueba documental tanto la licencia de funcionamiento como el NIT y la actividad económica
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Finalmente, se estableció que en ningún momento se ha manifestado la predisposición de devolver la
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II.2. Apelación Restringida
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Contra la mencionada Sentencia, la imputada Micaela Licona Valdivia, interpone recurso de apelación restringida, que
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En el tercer agravio, denunció la inobservancia del art
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emite el Auto de
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A los fines de resolver la problemática planteada se debe tener presente que la jurisprudencia
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La fundamentación y motivación de resoluciones implica el deber jurídico de explicar y justificar de
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III.2. Análisis del caso concreto
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Al respecto, se tiene que el Tribunal de alzada refirió respecto al defecto de sentencia
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De los argumentos expuestos por el Tribunal de alzada para asumir la decisión de anular
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Ahora bien, debe tenerse presente también que en el motivo traído en casación se alegó
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Luego de la fundamentación referida, dicho Auto Supremo emitió la siguiente doctrina legal: “Concluido el
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Ahora bien, el Tribunal de apelación, en ejercicio de la competencia asignada por el art
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En ese sentido, a los fines de la emisión de un nuevo Auto de Vista,
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Además, deberá tener en cuenta que los jueces de mérito son soberanos en la valoración
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En el segundo motivo, la parte recurrente denuncia la ilogicidad del Auto de Vista impugnado,
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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En aplicación del art
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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