Auto Supremo AS/0835/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0835/2016

Fecha: 18-Jul-2016

Contra la referida resolución, la parte demandante, es decir Agustín Aguirre Rojas y María Isabel


Por Auto de fecha 29 de febrero de 2016 de fs. 325 y vta., el Tribunal Ad quem, ANULA la Sentencia corriente a fs. 276 a 284 de obrados por haberse incurrido en perdida de competencia, bajo el fundamento – Que habiéndose pronunciado el decreto de autos en fecha 23 de septiembre del año 2015, y habiéndose pronunciado la Sentencia en fecha 3 de noviembre del referido año, dicha Sentencia fue pronunciada fuera del plazo legal establecido en el art. 204 I-1) del Cod. De Pdto. Civ., aplicable al caso de autos, por cuanto conforme a la preceptiva citada, el plazo legal para el pronunciamiento de Sentencia se computa desde el mismo día en el cual se pronunciado el proveído de “autos”, esto es, que el día de tal pronunciamiento queda comprendido en plazo letal citado.-

Contra la referida resolución, la parte demandante, es decir Agustín Aguirre Rojas y María Isabel Aguirre Feraude de fs. 330 a 333 interpusieron recurso de casación recurso que sustanciado se pasa analizar