Asimismo es conveniente establecer que aunque se haya fijado audiencia para el día 21 de
Asimismo es conveniente establecer que aunque se haya fijado audiencia para el día 21 de enero de 2013, esta no ha sido notificada a las partes, ni las partes han solicitado la notificación para dicha audiencia, hecho que demuestra que no ha existido el impulso procesal necesario para que la misma se lleve a cabo, y se produzca efectivamente la declaración testifical de los testigos de cargo y de esta forma continúe la prosecución de la causa y este sea el último actuado procesal, pues conforme la doctrina aplicable en el punto III.1 son las partes las que deben dar el impuso procesal para que efectivamente el proceso continúe hasta lograr la Sentencia, en ese sentido correspondía a las partes la notificación con la audiencia fijada, para que la misma se lleve a cabo o en su caso sea suspendida por inasistencia de los testigos o las partes involucradas en el litigio, razón por la cual no podemos considerar como último actuado procesal dicha audiencia, como pretenden los recurrentes porque aunque haya sido fijada, no existe certeza de que efectivamente se haya llevado a cabo o en su caso suspendido, y no puede considerarse un hecho incierto a los efectos del cómputo, toda vez que el computo como ya lo referimos se realiza desde el último actuado procesal
- Ardaya Vargas
- inscripción
- Distrito: Santa Cruz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el referido Auto definitivo los demandantes Mario Willian Costas Velásquez y Mirtha Ruth Antelo
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- No existe respuesta al recurso de casación interpuesto por los demandantes
- III.1.- Sobre la perención de instancia
- En el Auto Supremo No 294/2015, de fecha 4 de mayo de 2015, refiriéndose a
- Asimismo en el Auto Supremo Nº 611/2015 de fecha 6 de agosto de 2015 se
- Del espíritu de la norma y doctrina citada, se puede concluir que si bien el
- Teniendo en claro la esencia de este instituto jurídico, corresponde reiterar que para la procedencia
- Entendiendo la instancia como -cada uno de las etapas o grados del proceso- dentro de
- Asimismo, corresponde dejar en claro que al momento de disponer la perención de instancia, los
- En ese sentido el Juez al determinar la perención de instancia debe tomar en cuenta
- En mérito a que el recurso de casación gira en torno a determinar si en
- De la revisión del expediente se evidencia que el Juez de la causa pronunció el
- Por memorial de fs
- Por informe cursante a fs
- Referidos los antecedentes procesales de la causa, se evidencia que el Juez del proceso por
- Asimismo es conveniente establecer que aunque se haya fijado audiencia para el día 21 de
- Asimismo por memorial de fs
- Por los fundamentos expuestos corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran.
