De la revisión del expediente se evidencia que el Juez de la causa pronunció el
De la revisión del expediente se evidencia que el Juez de la causa pronunció el Auto de fecha 23 de noviembre de 2012, cursante a fs. 305 de obrados por el cual rechazo un incidente de nulidad interpuesto por Víctor Ardaya Vargas en representación legal de Eskarlet Flor Ardaya respecto a un incidente de notificación con el auto de relación procesal, en el mismo en la parte final se proveyó el memorial de fecha 20 de noviembre de 2012, interpuesto por los demandantes Mario Willian Costas Velásquez y Mirtha Ruth Antelo Costas en el que solicitan se señale fecha y hora de audiencia para la declaración de sus testigos y se produzca la producción de prueba testifical propuesta; fijando audiencia para tal efecto el Juez de la causa para el día 21 de enero de 2013 a horas 9.A.M
- Ardaya Vargas
- inscripción
- Distrito: Santa Cruz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el referido Auto definitivo los demandantes Mario Willian Costas Velásquez y Mirtha Ruth Antelo
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- No existe respuesta al recurso de casación interpuesto por los demandantes
- III.1.- Sobre la perención de instancia
- En el Auto Supremo No 294/2015, de fecha 4 de mayo de 2015, refiriéndose a
- Asimismo en el Auto Supremo Nº 611/2015 de fecha 6 de agosto de 2015 se
- Del espíritu de la norma y doctrina citada, se puede concluir que si bien el
- Teniendo en claro la esencia de este instituto jurídico, corresponde reiterar que para la procedencia
- Entendiendo la instancia como -cada uno de las etapas o grados del proceso- dentro de
- Asimismo, corresponde dejar en claro que al momento de disponer la perención de instancia, los
- En ese sentido el Juez al determinar la perención de instancia debe tomar en cuenta
- En mérito a que el recurso de casación gira en torno a determinar si en
- De la revisión del expediente se evidencia que el Juez de la causa pronunció el
- Por memorial de fs
- Por informe cursante a fs
- Referidos los antecedentes procesales de la causa, se evidencia que el Juez del proceso por
- Asimismo es conveniente establecer que aunque se haya fijado audiencia para el día 21 de
- Asimismo por memorial de fs
- Por los fundamentos expuestos corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran.
