Referidos los antecedentes procesales de la causa, se evidencia que el Juez del proceso por
Referidos los antecedentes procesales de la causa, se evidencia que el Juez del proceso por Auto de fecha 23 de noviembre de 2012, cursante a fs. 305 de obrados fija audiencia de declaración testifical para el día 21 de enero de 2013, sin embargo no existe constancia que efectivamente la audiencia se habría llevado a cabo en la fecha indicada, ni es el último actuado procesal, porque conforme la doctrina aplicable en el punto III.1 el plazo para computar la perención de instancia empieza a correr desde el último actuado procesal, el mismo que debe constar en el proceso, que en el caso autos es de fecha 23 de noviembre de 2012 referido al Auto que emite el Juez de la causa rechazando el incidente de nulidad de notificación de obrados y fijando audiencia para el día 21 de enero de 2013, que hasta el momento en que la parte demandada Skarlet Flor Ardaya solicito la perención de instancia en fecha 6 de junio de 2013, han trascurrido más de seis meses, razón por la cual los de instancia valoraron correctamente los actuados procesales así como interpretaron correctamente el art. 309 del Código de Procedimiento Civil
- Ardaya Vargas
- inscripción
- Distrito: Santa Cruz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el referido Auto definitivo los demandantes Mario Willian Costas Velásquez y Mirtha Ruth Antelo
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- No existe respuesta al recurso de casación interpuesto por los demandantes
- III.1.- Sobre la perención de instancia
- En el Auto Supremo No 294/2015, de fecha 4 de mayo de 2015, refiriéndose a
- Asimismo en el Auto Supremo Nº 611/2015 de fecha 6 de agosto de 2015 se
- Del espíritu de la norma y doctrina citada, se puede concluir que si bien el
- Teniendo en claro la esencia de este instituto jurídico, corresponde reiterar que para la procedencia
- Entendiendo la instancia como -cada uno de las etapas o grados del proceso- dentro de
- Asimismo, corresponde dejar en claro que al momento de disponer la perención de instancia, los
- En ese sentido el Juez al determinar la perención de instancia debe tomar en cuenta
- En mérito a que el recurso de casación gira en torno a determinar si en
- De la revisión del expediente se evidencia que el Juez de la causa pronunció el
- Por memorial de fs
- Por informe cursante a fs
- Referidos los antecedentes procesales de la causa, se evidencia que el Juez del proceso por
- Asimismo es conveniente establecer que aunque se haya fijado audiencia para el día 21 de
- Asimismo por memorial de fs
- Por los fundamentos expuestos corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran.
