Auto Supremo AS/0903/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0903/2016

Fecha: 27-Jul-2016

En el Auto Supremo No 294/2015, de fecha 4 de mayo de 2015, refiriéndose a

En el Auto Supremo No 294/2015, de fecha 4 de mayo de 2015, refiriéndose a la perención de instancia se estableció: “cabe señalar que una de las formas extraordinarias de conclusión del proceso es la perención de instancia, basada en la inactividad de las partes por el tiempo de seis meses que se computa desde la última actuación efectuada en el proceso, no indispensablemente por las partes, sino, por cualquiera de los sujetos principales del mismo, incluido el Juez como director de la causa, conforme previene el artículo 309 del Código de Procedimiento Civil