Auto Supremo AS/0906/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0906/2016

Fecha: 27-Jul-2016

En ese sentido mal puede aseverar la entidad edilicia que no se valoró las pruebas

En ese sentido mal puede aseverar la entidad edilicia que no se valoró las pruebas presentadas por su parte, ni se comunicó a Simón F. Bedoya sobre el 20% de tierras afectadas para áreas de equipamiento y que la misma fue realizada antes de que los demandantes sean propietarios del inmueble, cuando como se evidencio la entidad edilicia no probo que el bien objeto de la demanda principal sea la misma a la que alega tener también derecho sobre el mismo