Auto Supremo AS/0906/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0906/2016

Fecha: 27-Jul-2016

Si bien la propiedad que alegaron los co-demandados no se encontraba registrada en Derechos Reales

Si bien la propiedad que alegaron los co-demandados no se encontraba registrada en Derechos Reales a tiempo de deducirse la demanda e incluso a momento de la contestación, no es menos evidente que ese aspecto debía ser considerado a tiempo de resolverse sobre el mejor derecho de propiedad, oportunidad en la que el juzgador considerará no solo el registro de los contendientes sino el antecedente de dominio del que provengan ambos derechos y todos aquellos aspectos que le permitan definir sobre la preferencia de titularidad, provengan éstas de un mismo vendedor o de un antecedente mediato común o no, teniendo en cuenta además que la falta de registro que alegaron los de instancia respecto al título de la parte demandada fue acreditada con posterioridad, lo que dotó a su derecho de publicidad y oponibilidad, consiguientemente a tiempo de definir sobre la reivindicación los de instancia se encontraban frente a dos titulares del inmueble, ambos oponibles por su publicidad. Aclarar que al resolver sobre una demanda de reivindicación no reviste ningún interés la existencia de título que justifique el inicio de la posesión sino de título que justifique la posesión actual y en su caso definir si ese título resulta oponible o no a la parte actora